Derechos de imagen y licencias

Última actualización: 26/10/2026

Resumen en 5 líneas

  1. La imagen de las personas está protegida.
  2. Con menores hace falta autorización.
  3. En eventos públicos hay más margen, no total.
  4. Puedes pedir que retire una foto.
  5. Las fotos de artistas tienen reglas propias.

1. Marco

El derecho a la propia imagen está protegido por la Ley Orgánica 1/1982. La difusión de fotos de personas identificables requiere su consentimiento, salvo excepciones legales.

2. Menores en deporte base

Para fotografiar y publicar imágenes de menores se necesita autorización de sus padres o tutores, o del club que la recoja. Antes de cada cobertura se acuerda quién autoriza. No publico fotos de menores si el club o la familia lo rechazan.

3. Eventos públicos y privados

En eventos públicos (partidos, conciertos), las fotos de ambiente o de personas en un plano secundario tienen más margen. Aun así, no se usan de forma que perjudique a nadie. En eventos privados, el organizador informa a los asistentes.

4. Autorizaciones

Los modelos de autorización (adultos, menores y clubes) y la diferencia entre servicio y promoción están en Autorizaciones de imagen. Contratar un reportaje no autoriza por sí solo su publicación promocional.

4 bis. Retirar una foto

Si apareces en una foto y no quieres, escribe a indicando la foto. La retiro de la web y las redes en un plazo razonable.

5. Artistas y recintos

Las fotos de conciertos y fiestas pueden tener condiciones del artista, del promotor o del recinto. Se acuerdan antes y se respetan.

6. Licencias

Ver las condiciones de contratación: personal, club, medios y comercial.