Derechos de imagen y licencias
Última actualización: 26/10/2026
Resumen en 5 líneas
- La imagen de las personas está protegida.
- Con menores hace falta autorización.
- En eventos públicos hay más margen, no total.
- Puedes pedir que retire una foto.
- Las fotos de artistas tienen reglas propias.
1. Marco
El derecho a la propia imagen está protegido por la Ley Orgánica 1/1982. La difusión de fotos de personas identificables requiere su consentimiento, salvo excepciones legales.
2. Menores en deporte base
Para fotografiar y publicar imágenes de menores se necesita autorización de sus padres o tutores, o del club que la recoja. Antes de cada cobertura se acuerda quién autoriza. No publico fotos de menores si el club o la familia lo rechazan.
3. Eventos públicos y privados
En eventos públicos (partidos, conciertos), las fotos de ambiente o de personas en un plano secundario tienen más margen. Aun así, no se usan de forma que perjudique a nadie. En eventos privados, el organizador informa a los asistentes.
4. Autorizaciones
Los modelos de autorización (adultos, menores y clubes) y la diferencia entre servicio y promoción están en Autorizaciones de imagen. Contratar un reportaje no autoriza por sí solo su publicación promocional.
4 bis. Retirar una foto
Si apareces en una foto y no quieres, escribe a indicando la foto. La retiro de la web y las redes en un plazo razonable.
5. Artistas y recintos
Las fotos de conciertos y fiestas pueden tener condiciones del artista, del promotor o del recinto. Se acuerdan antes y se respetan.
6. Licencias
Ver las condiciones de contratación: personal, club, medios y comercial.